(Andalucía) Convocatoria premios anuales «Educaciudad» 2012

Miércoles 1ro de febrero de 2012
por  Cuadernalia
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(Andalucía) Convocatoria premios anuales «Educaciudad» 2012

Resolución de 18 de enero de 2012, de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de los premios anuales «Educaciudad» a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía para el año 2012.


Primero. Objeto, base reguladora y ámbito de aplicación.

1. Convocar para el año 2012 los premios anuales Educaciudad, a los municipios distinguidos por su compromiso con la educación en Andalucía.

2. La convocatoria de estas subvenciones se regirá por la Orden de 20 de junio de 2011, por la que se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones.

Segundo. Procedimiento de concesión.

1. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio, y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.

2. El ámbito territorial y/o funcional de competitividad será el establecido en el apartado 2.d) del Cuadro Resumen.

Tercero. Solicitudes.

Las solicitudes de subvención se cumplimentarán de acuerdo con el Anexo I que acompaña esta Resolución.

Cuarto. Lugar y plazo de presentación.

1. Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y registros siguientes:

- En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/educacion.

- En los lugares y registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

2. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. La relación de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la Administración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la dirección electrónica indicada en el apartado 10.d) de cada Cuadro Resumen. Igualmente se podrá utilizar los sistemas de firma electrónica incorporados al Documento Nacional de Identidad, para personas físicas, en los términos de los artículos 13 y 14 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

3. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en BOJA al 30 de septiembre de 2012, según establece el apartado 11 del Cuadro Resumen.

4. No serán admitidas a trámite las solicitudes que se presenten fuera del plazo establecido en el párrafo anterior, resolviéndose la inadmisión de las mismas, que deberá ser notificada a los interesados en los términos previstos en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

5. Órgano al que se dirigirán las solicitudes: Persona titular de la Delegación Provincial de Educación.


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