(Castilla-La Mancha) Prestaciones Incapacidad Temporal Profesorado
PRESTACIONES
1. ITT por enfermedad profesional o accidente laboral: 100% de la base reguladora desde el primer día de baja independientemente del régimen del funcionario.
2. ITT por enfermedad común o accidente no laboral:
a. Régimen MUFACE: todos los docentes funcionarios de carrera
100% desde el primer día hasta los tres meses.
A partir del 4º mes recibirá la retribución básica (sueldo + trienios) y un subsidio que será el mayor de estas dos cantidades:
- o 80% de las retribuciones básicas + la sexta parte de una paga extra. o 75% de las complementarias.
b. Régimen de la Seguridad Social: docentes interinos y profesores de Religión :
- De 0 a 3 días: 0%.
- Del 4º día al 10º: el 60%.
- A partir del 11º al 20º día: el 75% (el mínimo legal es 60%).
- A partir del 21º día: el 100% (el mínimo legal es 75%).

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