Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, de día 18 de noviembre de 2011, de convocatoria anual para solicitar la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico de director
El artículo 8 del Decreto 81/2004, de día 17 de septiembre, que regula la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico para el ejercicio del cargo de director en los centros docentes públicos de las Illes Balears (BOIB núm. 134, de 25-09-2004), determina que la Consejería de Educación, Cultura y Universidades debe establecer una convocatoria anual
Para participar en esta convocatoria, las personas interesadas deben rellenar la solicitud, cuyo modelo se encuentra en el anexo 2 de esta Resolución, y deben presentarla, dentro del plazo establecido en el punto tercero, en el Registro de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, en los de las delegaciones territoriales de Menorca y de Ibiza y Formentera, o en el de cualquiera de las dependencias a que hace referencia el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, lo deben hacer dentro de un sobre abierto, para que el funcionario la pueda datar y sellar antes de certificarla.
La Administración aportará de oficio la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 1.
El plazo de presentación de solicitudes es de quince días naturales a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución.
Documentos Adjuntos: Convocatoria anual para solicitar la consolidación personal parcial del complemento retributivo específico de director (PDF)



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