(Nacional) Becas curso 2012/2013. Umbrales de Renta y Patrimonio Familiar
Real Decreto 1000/2012, de 29 de junio, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio, para el curso 2012-2013 y se modifica parcialmente el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
Este real decreto tiene por objeto determinar los siguientes parámetros cuantitativos por los que se regirán las convocatorias de becas y ayudas al estudio correspondientes al curso académico 2012-2013 financiadas con cargo al presupuesto del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte:
a) La cuantía de los componentes de las diferentes modalidades de las becas y ayudas al estudio regulados en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas.
b) Los umbrales de renta y patrimonio familiar por encima de los cuales desaparece el derecho a la percepción de las becas y ayudas al estudio.
Ámbito de aplicación.
1. Para el curso académico 2012-2013 y, con cargo a los créditos correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado, se convocarán becas sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes enseñanzas postobligatorias:
- a) Bachillerato.
- b) Formación Profesional de grado medio y de grado superior.
- c) Enseñanzas artísticas profesionales.
- d) Enseñanzas deportivas.
- e) Estudios de idiomas realizados en escuelas oficiales de titularidad de las
- administraciones educativas, incluida la modalidad de distancia.
- f) Enseñanzas universitarias adaptadas al Espacio Europeo de Educación Superior
- conducentes a títulos oficiales de Grado y de Máster, incluidos, en su caso, los correspondientes a los complementos de formación necesarios para el acceso al Máster y al Grado.
- g) Enseñanzas universitarias conducentes a los títulos oficiales de Licenciado,
- Ingeniero, Arquitecto, Diplomado, Maestro, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico,
- incluidos los complementos de formación para Diplomados universitarios que deseen
- proseguir estudios oficiales de Licenciatura.
- h) Enseñanzas artísticas superiores.
- i) Estudios religiosos superiores.
- j) Estudios militares superiores y de Grado.
2. Para el curso académico 2012-2013 y, con cargo a los créditos correspondientes de los Presupuestos Generales del Estado, se convocarán ayudas al estudio sin número determinado de personas beneficiarias para las siguientes enseñanzas:
a) Cursos de acceso y cursos de preparación para las pruebas de acceso a la Formación Profesional y cursos de formación específicos para el acceso a los ciclos formativos de grado medio y de grado superior impartidos en centros públicos y en centros privados concertados que tengan autorizadas enseñanzas de Formación Profesional.
b) Programas de cualificación profesional inicial.
c) Curso de preparación para el acceso a la universidad de mayores de 25 años impartido por universidades públicas.
d) Enseñanzas no universitarias adaptadas al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad y trastorno de conducta o de alta capacidad intelectual.


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