(Badajoz) (15/01/2016) Profesor/a de Religión en Colegio Concertado
OFERTA DE EMPLEO:
Datos del Centro:
- Centro “Nuestra Señora de la Asunción”
- Avenida Padre Tocoronte 9,
- 06007 Badajoz
- Teléfono: 924270007
- E-mail: nasuncion@colegiosfec.com
Datos de la Oferta:
De acuerdo con lo establecido en el art. 60 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y a lo establecido en la Ley Orgánica 9/1955, de 20 de noviembre, reguladora de la participación, la evaluación y gobierno de los centros docentes, y que se establecen para la provisión de plazas en este Centro, en concordancia con el Decreto 2/2001, de 9 de enero de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología de la Junta de Extremadura, en cumplimiento con el Acuerdo de 14 de diciembre de 2006, suscrito entre la Consejería de Educación y las Organizaciones Patronales y Sindicales de la enseñanza concertada de la Comunidad Autónoma de Extremadura, renovado en los mismos términos hasta diciembre de 2009 y vigente en la actualidad, para el procedimiento de selección y contratación del profesorado en centros concertados y el V Convenio Colectivo vigente, el colegio concertado “Nuestra Señora de la Asunción” hace pública la convocatoria siguiente:
OFERTA DOCENTE
- Puesto: Profesor/a de Religión
- Etapa educativa: ESO y Bachillerato
- Áreas a impartir: Religión
- Tipo de Contrato: Temporal.
- Jornada: Parcial. 5 horas semanales
- Salario: Según Convenio Enseñanza Concertada.
- Requisitos Exigidos:
- Títulación requerida: Licenciado en Ciencias Eclesiásticas
- Otras titulaciones: Formación Complementaria
- Otros Méritos a valorar: Experiencia Docente
- Contacto, Documentación, plazo, lugar de entrega.
Presentar el curriculum en el centro o por cualquier otro medio admitido en derecho.
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 24 de Enero de 2016
Nota: En atención a la legislación vigente, los contratos de trabajo podrán realizarse con personas de nacionalidad española, personas nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los otros estados del espacio económico europeo y personas que, careciendo de este requisito, residan legalmente en España y dispongan de autorización administrativa para trabajar.