(Cáceres) (14/12/2016) Maestro/a de Primaria en Centro Concertado «Diocesano»
Oferta de Empleo:
Datos del Centro:
- Colegio Diocesano Jose Luís Cotallo
- Avenida de la Universidad 1
- 10001 (Cáceres)
- Teléfono: 927247700
- Fax: 927182140
- Email: jlcotallo@planalfa.es
Datos de la Oferta:
De acuerdo con lo establecido en el art. 60 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación y a lo establecido en la Ley Orgánica 9/1955, de 20 de noviembre, reguladora de la participación, la evaluación y gobierno de los centros docentes, y que se establecen para la provisión de plazas en este Centro, en concordancia con el Decreto 2/2001, de 9 de enero de la Consejería de Educación, Ciencia y Tecnología de la Junta de Extremadura, en cumplimiento con el Acuerdo de 14 de diciembre de 2006, suscrito entre la Consejería de Educación y las Organizaciones Patronales y Sindicales de la enseñanza concertada de la Comunidad Autónoma de Extremadura, renovado en los mismos términos hasta diciembre de 2009 y vigente en la actualidad, para el procedimiento de selección y contratación del profesorado en centros concertados y el VI Convenio Colectivo vigente, el presente centro concertado hace pública la convocatoria siguiente:
- Puesto: Maestro/a de Educación Primaria
- Etapa educativa: Educación Primaria
- Áreas a impartir: Educación Primaria
- Tipo de Contrato: Temporal. Contrato de Relevo
- Jornada: Parcial. 18 horas lectivas semanales
- Salario: Según Convenio Enseñanza Concertada.
- Requisitos Exigidos:
- Títulación requerida: Magisterio o Grado en Educación Infantil y Educación Primaria
- Otras titulaciones: B2 de Inglés, DECA o DEI
- Otros Méritos a valorar: Conocimiento avanzado en TICs, Especialista en NEAE, aceptación del proyecto de centro
Contacto, Documentación, plazo, lugar de entrega.
Enviar el curriculum a la dirección de correo: seleccion.diocesano@gmail.com
El plazo de presentación de solicitudes será hasta el día 24 de Diciembre de 2016
Nota: En atención a la legislación vigente, los contratos de trabajo podrán realizarse con personas de nacionalidad española, personas nacionales de los estados miembros de la Unión Europea o de los otros estados del espacio económico europeo y personas que, careciendo de este requisito, residan legalmente en España y dispongan de autorización administrativa para trabajar.